REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DE DISPOSITIVOS DE REPRESENTACIÓN DELEGADA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SVN |
Apreciados socios: Según los estatutos de la SVN (Capítulo IV artículos 15 y 17), la Junta Directiva es el órgano de representación de la SVN, debiendo “Ostentar y ejercitar la representación de la Asociación y llevar a término la dirección y la administración de la manera más amplia que reconozca la ley y cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General y, de acuerdo con las normas, las instrucciones y las directrices generales que esta Asamblea General establezca.” En la práctica, dados los numerosos y cada vez más frecuentes motivos por los que la SVN es requerida tanto desde instancias públicas como privadas, es materialmente imposible que la Junta Directiva pueda asumir y responder con eficacia a todas estas solicitudes. Por ello, la Junta Directiva de la SVN propone a su Asamblea General la aprobación de otros dispositivos de representación delegada como: a) Comisiones Permanentes b) Comités ad hoc c) Delegados SVN A continuación se propone un REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO para cada uno de ellos con el fin de regular su creación, composición, funcionamiento y disolución –si procede-, así como a la difusión de sus resultados y el reconocimiento público de la SVN a la labor realizada por los miembros que los componen. Si deseas pertenecer a alguna de las Comisiones Permanentes, haz click en este enlace: CONVOCATORIA COMISIONES PERMANENTES SVN Jaume Morera
Presidente Junta Directiva Sociedad Valenciana de Neurología |